2017-02-07
Que en virtud del dictado de la ley 7892 por el cual se asigna competencia exclusiva en trámites del proceso Monitorio al Juzgado Civil y Comercial Nº 8, y su consecuente reasignación de las causas en trámites, como así también la ampliación de competencia dispuesta por dicha ley para los juzgados Civil Nº 10 y 23 de la ciudad de Resistencia, informamos que el Superior Tribunal de Justicia ha dictado Resolución Nº 7892 de fecha 21-12-16 por el cual reglamenta el procedimiento a seguir.
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